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Ofrecerá CDMX prórroga para verificación vehicular

De acuerdo con las autoridades locales, también se permitirá cumplir con las fotocívicas acumuladas, a fin de verificar el vehículos. Foto: Especial.

De acuerdo con las autoridades locales, también se permitirá cumplir con las fotocívicas acumuladas, a fin de verificar el vehículos. Foto: Especial.


Ciudad de México, 28 febrero 2022 (REDACCIÓN / CDMX MAGACÍN).- Los vehículos que cuenten con matricula de circulación de la Ciudad de México, que hayan sido rechazados durante la última semana del actual periodo de verificación en el primer semestre de 2022, de acuerdo al color de su engomado; contarán con 15 días naturales adicionales para cubrir el trámite, sin que se les aplique una multa.

De acuerdo con las autoridades locales, también se permitirá cumplir con las fotocívicas acumuladas, a fin de verificar el vehículos.

“Las personas que tienen vehículo que llegan a verificar su vehículo y encuentran que tienen fotocívica y que, por lo tanto, no se les permite verificar, ya están habilitados en los Centros de Verificación, espacios para poder atender su examen que corresponde a las primeras multas de fotocívicas. (…) Si por alguna razón no pasan la verificación o tienen una fotocívica que tiene que ver con algo que no puedan resolver en la computadora, en el verificentro, porque requieren actividades comunitarias, se les dan 15 días; no tienen que pagar la multa, ya no va a haber multa en los primeros 15 días, de tal manera que regresen a verificar su vehículo en los siguientes 15 días”, dijo la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum en conferencia de prensa.

Según el director general de Calidad del Aire de la Sedema, Sergio Zirath Hernández Villaseñor, el Programa de Verificación Vehicular otorga dos meses para cumplir con la Verificación Vehicular de los automóviles en cada periodo, sin embargo, la ampliación aplicará en los siguientes casos:

  • Si un vehículo es llevado a verificar la última semana de su periodo y la unidad es rechazada en la prueba, se considera que requiere tiempo para poder llevarlo a mantenimiento. Se otorgan 15 días más para que ese vehículo pueda regresar a verificar sin el pago de una multa por verificación extemporánea.
  • Aquellos vehículos que tienen adeudos por infracciones de tránsito y que han realizado ya el pago, pero se debe esperar para que se vea reflejado el pago realizado en bancos o en establecimientos de servicio. Una vez que ese pago llega a las áreas de la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) -puede tardar horas o días- y si se pasa el periodo de verificación, también esa unidad tendrá 15 días para verificar.
  • Aquellos vehículos, cuyo propietario está obligado a atender cursos en línea o cursos presenciales o trabajo comunitario, debido a que cuenta con fotocívicas. También se les dan 15 días a estos propietarios para que su vehículo pueda verificar, una vez cubiertos sus adeudos o realizado el curso en línea, el curso presencial o el trabajo comunitario.

Los requisitos para obtener la ampliación al periodo vehicular, de acuerdo con cada supuesto, son los siguientes:

  • Fueron rechazados en la prueba de Verificación: presentar a verificar el vehículo en el mismo Centro donde obtuvo su rechazo.
  • Pago que no se ha visto reflejado en la Secretaría de Administración y Finanzas: tienen que presentarse a verificar en el mismo Centro donde llevaron su vehículo a verificar y presentar los documentos donde se acredita el pago de las infracciones.
  • Vehículos que presentaban adeudos de Fotocívicas, ya sea por cursos en línea, por cursos presenciales o por trabajo comunitario: el propietario tendrá que haber realizado y concluido las actividades necesarias establecidas por adeudos de sanciones cívicas.

Adicionalmente y en caso de que las unidades requieran más tiempo de esos 15 días adicionales por algún motivo, se les va a otorgar el 50 por ciento de descuento por la verificación extemporánea, por lo que el monto con el que deberán cumplir pasará de mil 924 pesos a 962 pesos.

La ampliación para cada periodo se sujeta al siguiente calendario por color; amarillo, 5 y 6, ampliación al 15 de marzo; Rosa, 7 y 8, ampliación al 15 de abril; Rojo, 3 y 4, ampliación al 15 de mayo; Verde, 1 y 2, ampliación al 15 de junio; azul, 9 y 0, ampliación al 15 de julio.

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