CIUDAD DE MÉXICO, 4 de octubre, (CDMX MAGACIN).-El Congreso de la Ciudad de México aprobó una reforma a los artículos 5 y 90 bis, la adición de un artículo 90 y la modificación del 118 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, a fin de incorporar a los cuerpos de agua como áreas de valor ambiental.
Las modificaciones normativas establecen la obligatoriedad de las alcaldías para que, en coordinación con la Secretaría del Medio Ambiente, establezcan las acciones de derribo, poda o trasplante de los árboles que se encuentren dentro de su territorio.
Asimismo, se aceptaron las reservas a los artículos 5 y 118 de la citada ley, propuestas por el congresista Christian Moctezuma González (MORENA), que a decir del legislador son de forma y no de fondo, pero coadyuvarán a dar mayor certeza jurídica.
El dictamen aprobado se elaboró a partir de las iniciativas de las legisladoras de MORENA Yuriri Ayala Zúñiga e Indalí Pardillo Cadena, con el objetivo de elevar la protección de los cuerpos de agua y establecer los tiempos de respuesta a las solicitudes de derribo, poda y tala del arbolado capitalino.
Al fundamentar el dictamen, a nombre de la Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Cambio Climático y Protección Ecológica, la diputada Marcela Fuente Castillo (MORENA) indicó que con los cambios normativos “se amplió a 20 días, en lugar de 15 como se estipulaba de manera original, respecto al plazo de respuesta y/o ejecución de las solicitudes de derribo, poda o trasplante de individuos arbóreos”.
Al respecto, la congresista Ayala Zúñiga se congratuló de la aprobación del dictamen, pues con ello se dará respuesta a las demandas ciudadanas en materia de mantenimiento y poda de árboles, cuando éstos pongan en riesgo la integridad física de las y los ciudadanos o su patrimonio.