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Buscan diputados aumentar penas por encubrimiento de feminicidio

Diputados del Congreso CDMX aprobaron un dictamen que contribuye a fortalecer el acceso a la justicia y la protección de las mujeres víctimas del delito de feminicidio   y con el objetivo de adecuar el tipo penal de encubrimiento en los casos.

FOTO: Especial

CIUDAD DE MÉXICO, 20 de agosto, (CDMX MAGACÍN). –Diputados del Congreso CDMX aprobaron un dictamen que contribuye a fortalecer el acceso a la justicia y la protección de las mujeres víctimas del delito de feminicidio   y con el objetivo de adecuar el tipo penal de encubrimiento en los casos.

Respecto a la iniciativa que reforma la fracción I del artículo 320 y adiciona el artículo 321 bis del Código Penal para el Distrito Federal, el diputado Jorge Gaviño, explicó que la iniciativa de la diputada Luisa Gutiérrez busca evitar que familiares, amigos o conocidos del delincuente puedan apoyarlo a entorpecer, desviar o poner en riesgo el curso de investigaciones y el debido proceso para la administración de justicia.

Explicaron que con los cambios propuestos se especifica en el artículo 320 de la ley en comento, que se impondrán de seis meses a cinco años de prisión y de 100 a 500 días de multa, a quien después de la ejecución de un delito y sin haber participado en éste, ayude directa o indirectamente en cualquier forma a un presunto responsable a eludir las investigaciones o a evadir la acción de la justicia.

Asimismo, se contempla la adición del artículo 321 bis, para establecer una penalidad agravada cuando el delito encubierto sea el de feminicidio, considerando también al del transfeminicidio, esto acorde a los propósitos de la reforma aprobada por el pleno del Congreso local en su pasada sesión extraordinaria.

En la reunión de trabajo también se aprobó la propuesta de Gaviño Ambriz, para adicionar un párrafo al artículo 321 bis referido, para indicar que los familiares y conocidos del presunto delincuente están impedidos de recurrir a “las excusas absolutorias previstas en el párrafo anterior, cuando el infractor que se oculte sea el responsable de los delitos de feminicidio, transfeminicidio y homicidio”, lo cual está en sintonía con la reforma realizada al Código Penal federal.

 

 

 

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